Preguntas Frecuentes

Preguntas en general y sobre los sistemas que administra la Comarb.

MODULO DEDUCCIONES

El nuevo “Módulo Deducciones” permite acceder a los registros de los 4 ítems de deducciones existentes (Retenciones, Percepciones, Recaudaciones Bancarias y Percepciones Aduaneras), que son informadas por los diferentes Agentes de Recaudación en sus respectivas declaraciones juradas.

Además, permite agregar registros que no fueron incluidos en la búsqueda citada, tanto sea con carga manual (uno a uno) o a través de archivos (carga masiva).

Luego de estas acciones, permite incluir la totalidad de los registros conformados en el módulo, en la declaración jurada que está confeccionando el contribuyente.

Se accede desde el ítem “Carga de Deducciones”, el cual está presente en la apertura ““Datos a Nivel País”“. Sólo se puede acceder a dicho ítem cuando una DDJJ está en estado BORRADOR.

Este ítem reemplaza los anteriores, que permitían importar archivos de cada uno de los conceptos de deducciones:“ “Retenciones”, “Percepciones”, “Recaudaciones Bancarias” y “Percepciones Aduaneras”.:

No. El uso del “Módulo Deducciones” y la información registrada allí es independiente a su incorporación a la declaración jurada. Luego de trabajar con la información incorporando, modificando o quitando los registros que considere necesario, debe realizar las acciones necesarias para producir la inserción de los mismos en la DDJJ que está confeccionando.

Como el acceso al “Módulo Deducciones”“ se realiza desde dentro de una DDJJ (que está en estado borrador), lo primero que se muestra en la grilla central, son los totales de los registros obtenidos de retenciones/percepciones/recaudaciones informadas por los Agentes para el MISMO MES del anticipo que se está declarando. No trae información de meses anteriores, la cual puede ser agregada manualmente (si la jurisdicción lo permite).

La información que se muestra en el “Módulo Deducciones” proviene de las declaraciones juradas presentadas por los diferentes Agentes y que están registradas en los servidores de Comisión Arbitral al momento del ingreso.

Actualmente se posee únicamente las declaraciones juradas que presentan los agentes en los sistemas administrados por Comisión Arbitral, a saber: SIRCAR (Retenciones y Percepciones), SIRCREB (Recaudaciones Bancarias), SIRPEI (Percepciones Aduaneras) y SIRTAC (Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra).

En etapas posteriores se irán incorporando la información del resto de los agentes.

La información que se muestra en el “Módulo Deducciones” se actualiza diariamente en base a las declaraciones juradas presentadas por los Agentes en cada uno de los días. Es imposible determinar con exactitud cuando se presentan las mismas en cada caso, pero como referencia se pueden conocer las fechas de vencimientos de los sistemas SIRCAR (Retenciones y Percepciones) y SIRCREB (Recaudaciones Bancarias). En el caso de SIRPEI (Percepciones Aduaneras), AFIP suele enviar la información luego de los días 7 de cada mes.

Por último, para el sistema SIRTAC (Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra), alrededor de los días 12 de cada mes y en función de las fechas de vencimiento de presentación de declaraciones juradas de los Agentes.

SÍ. Si bien el módulo pretende brindar información que le sea útil al contribuyente y así evitar su carga manual o la importación de archivos, también puede usarse aún sin considerar total o parcialmente lo que el módulo ofrezca como consecuencia de la presentación de declaraciones juradas de los agentes.

Para ello simplemente puede empezar a agregar registros desde las opciones “Ingreso Manual” o ““Ingreso por Lotes”“, que aparecen en el sector inferior izquierdo.

Si prefiere descartar todas las deducciones que se muestran y cargar de cero, debe hacer presionar el botón "Eliminar Deducciones" , que aparece en el sector superior derecho.

La operación en este caso es la de "Eliminar Deducciones" en primer lugar y luego realizando la importación de los archivos correspondientes (Ingreso por Lotes) ó realizando la carga manual (Ingreso Manual).

Para incluir definitivamente la información de las deducciones en la declaración jurada, debe hacer clic en el botón "Incluir Deducciones en DJ". Luego de un pedido de confirmación, la información se incorpora en la declaración jurada.

Ingresando al ítem “Datos de Deducciones” (en “Datos a Nivel País”), se visualiza un resumen de todas las deducciones que el sistema ya tiene cargadas y consideradas para incluir. Esa es la forma correcta de verificación de la tarea realizada en el módulo.

SÍ, puede operar normalmente con el módulo, pero debe considerar que cualquier acción que realice respecto a los registros allí incluidos, NO se verán reflejados en la declaración jurada hasta que vuelva a presionar el botón “Incluir Deducciones en DJ” . Luego de ejecutar dicha acción, el sistema actualizará los registros de las deducciones.

Una vez incorporada la deducción faltante ó el lote adicional junto a las existentes, debe ingresar al módulo Deducciones, realizar la carga necesaria, y finalmente hacer clic en el botón "Incluir Deducciones en DJ". Luego de ejecutar dicha acción, el sistema actualizará los registros de las deducciones.

En la parte inferior de la carga de deducciones se encuentra la opción de exportar la información de la deducción correspondiente para realizar la comparación necesaria con otros medios de origen de información, extractos, archivos, etc.

Desde el ítem “Carga de Deducciones” en el extremo derecho de cada jurisdicción se encuentra el detalle correspondiente a las deducciones incorporadas.

  • Retenciones - SIRCAR (ver jurisdicciones adheridas al sistema) - Desde el día 9 de cada mes aproximadamente
  • Percepciones - SIRCAR (ver jurisdicciones adheridas al sistema) - Desde el día 9 de cada mes aproximadamente.
  • Recaudaciones Bancarias - SIRCREB - Desde el día 5 de cada mes aproximadamente.
  • Percepciones Aduaneras - SIRPEI - Desde el día 6 de cada mes aproximadamente.
  • SIRTAC (Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra), alrededor de los días 12 de cada mes y en función de las fechas de vencimiento de presentación de declaraciones juradas de los Agentes.

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