Estamos trabajando en una nueva interfaz para que sea mas simple y amigable.
En caso de que el contribuyente no posea coeficientes de distribución (por estar dentro del primer año del Régimen General del art. 2, por tener una nueva jurisdicción , o que surja del CM05 un coeficiente 0), debe tildar la opción "Artículo 14" y colocar el valor 0 (cero) en las jurisdicciones que correspondan. Para finalizar, grabe los coeficientes y proceda a armar la DJ.