Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.

RG. 2 Ratificación de las Disposiciones de Presidencia Nros. 8/2024, 1/2025 y 2/2 RG. 2 Ratificación de las Disposiciones de Presidencia Nros. 8/2024, 1/2025 y 2/2025. NUEVO

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 12 de febrero de 2025.
RESOLUCIÓN GENERAL CA N.° 2/2025
VISTO:
La Disposición de Presidencia N° 8/2024, la Disposición de Presidencia N° 1/2025 y la Disposición de Presidencia N° 2/2025; y.
CONSIDERANDO:
Que en razón de haberse verificado inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB, a través de la Disposición de Presidencia N° 8/2024, de fecha 30 de diciembre de 2024, se dispuso tener por cumplidas las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), desde el día 26 de diciembre del corriente hasta el 6 de enero de 2025 inclusive, al 26 de diciembre de 2024.
Asimismo, a través de la Disposición de Presidencia N° 1/2025, de fecha 2 de enero de 2025, se dispuso tener por cumplidas al 26 de diciembre de 2024 las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral (SIFERE) desde el día 26 de diciembre de 2024 hasta el 14 de enero del corriente inclusive.
Finalmente, a través de la Disposición de Presidencia N° 2/2025, de fecha 14 de enero de 2025, se dispuso tener por cumplidos en término los pagos correspondientes a las declaraciones juradas del anticipo 12/2024, cuyos vencimientos operan los días 15, 16, 17 y 20 de enero del corriente, correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), hasta el día 20 de enero del corriente año.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ratifícar las Disposiciones de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 8/2024, N° 1/2025 y N° 2/2025 que se anexan y forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/321435/20250219

Comarb 70 años