Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.

Disposición de Presidencia N° 5 /2025 - Fechas de vencimiento del período fiscal 2025 de la declaración jurada –Formularios CM03 y CM04 SI Disposición de Presidencia N° 5 /2025 - Fechas de vencimiento del período fiscal 2025 de la declaración jurada –Formularios CM03 y CM04 SIFERE NUEVO

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 20 de febrero de 2025.
DISPOSICIÓN DE PRESIDENCIA N.° 5/2025

VISTO:
La Resolución General CA N° 12/2024 que estableció las fechas de vencimiento del período fiscal 2025 de la declaración jurada –Formularios CM03 y CM04– y pago del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en elConvenio Multilateral (SIFERE); y,

CONSIDERANDO:
Que en el día de ayer (19 de febrero) se verificaron inconvenientes técnicos en los servicios de los proveedores de internet por los cuales se accede a los sistemas informáticos
del Organismo, y que afectaron el uso del Sistema SIFERE WEB, día en los que operan vencimientos del anticipo de enero, por lo que algunos contribuyentes se han visto
impedidos de presentar y pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias.
Que en virtud de lo precedentemente expuesto y antecedentes de similares características que obran en este Organismo, se estima pertinente tener por presentadas en
término las presentaciones y pagos cuyos vencimientos operan los días 19 y 20 del corriente, hasta el 21 de febrero de 2025.

Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL
DEL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del primer anticipo, mes de enero/2025, cuyos vencimientos operan los días 19 (dígito verificador de CUIT 6 y 7) y 20 (dígito verificador de CUIT 8 y 9) de febrero del corriente, correspondiente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral (SIFERE), hasta el día 21 de febrero del corriente año.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas paraque dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el 
artículo anterior.

ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/321576/20250221

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