Disposición de presidencia N° 04/2024 - SICAR Vencimiento mensual y 2da. quincena del período 02/
Disposición de presidencia N° 04/2024 - SICAR Vencimiento mensual y 2da. quincena del período 02/2024

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de marzo de 2024. DISPOSICIÓN DE PRESIDENCIA N.° 4/2024 VISTO: La Resolución General CA N° 11/2023 que estableció las fechas de vencimiento del período fiscal 2024, para la presentación de la declaración jurada y pago por parte de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el SIRCAR; y, CONSIDERANDO: Que se han verificado inconvenientes técnicos en el sistema de pagos electrónicos del sistema “SIRCAR”, específicamente en el servicio “Pagacá” (antes llamado Bancor Pagos, RG N° 3/2021), el día viernes 8 de marzo de 2024, días en que ocurrió el vencimiento del período febrero/2024 –2° quincena y mensual–, para los N° de CUIT con terminación 0 al 4, por lo que algunos agentes se han visto impedidos de pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias por dicho medio. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL DEL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77 DISPONE: ARTÍCULO 1º.- Téngase por realizado en término el pago correspondiente al anticipo de febrero/2024 (segunda quincena y mensual-terminación 0 al 4) del período fiscal 2024, efectuado a través del servicio “Pagacá”, por parte de los agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos incluidos en el SIRCAR, con vencimiento el día viernes 8 de marzo de 2024, registrado hasta el día 11 de marzo de 2024. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en los artículos anteriores. ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese. PRESIDENTE
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