Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.
RG. 05 - RATIFICACION DE LA DISPOSICION N°7/2023 (SIFERE - DISPONE VTO. PRESENTACION DDJJ ANUAL 2022 DIA 30/06/2023)
“2023 año del Setenta Aniversario del
Convenio Multilateral y Protocolo Adicional”
TERMAS DE RÍO HONDO, 7 de junio de 2023.
RESOLUCIÓN GENERAL CA N.° 5/2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que a través de la Disposición de Presidencia N° 7/2023, del 15 de mayo de
2023, se dispuso que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual
–Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2022 operará el día 30 de junio
de 2023, correspondiendo aplicar el coeficiente unificado conforme lo establecido en la
Resolución General N° 10/2019.
Que la mencionada Disposición de Presidencia N° 7/2023 fue dictada por
mandato de las jurisdicciones adheridas.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ratifíquese la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral
Nº 7/2023, que se anexa y forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación,
notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.
SECRETARIO PRESIDENTE
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“2023 año del Setenta Aniversario del
Convenio Multilateral y Protocolo Adicional”
ANEXO
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 15 de mayo de 2023.
DISPOSICIÓN DE PRESIDENCIA N.° 7/2023
VISTO y CONSIDERANDO:
Que la Resolución General CA N° 13/2022 estableció, en su artículo 2°, que el
vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual –Formulario CM05–
correspondiente al período fiscal 2022, operará junto a los vencimientos establecidos
para el anticipo 4 del período fiscal 2023, en base al dígito verificador del número de
CUIT correspondiente.
Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en el marco del diálogo institucional con el Organismo, solicita, en
atención a la superposición de fechas de vencimientos (declaraciones juradas
correspondientes a Ganancias Personas Jurídicas de contribuyentes con cierre de
ejercicio diciembre 2022 y, asimismo, vencimientos de Libro IVA Digital e Impuesto
al Valor Agregado) extender al 30 de junio el plazo para la presentación de la
declaración jurada anual 2022 –Formulario CM05–.
Que, asimismo la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias
Económicas, en representación de los 24 Consejos Profesionales de Ciencias
Económicas en relación a las inquietudes por ellos recibidas, respecto al vencimiento
para la presentación de la declaración jurada mencionada precedentemente, solicita
extender el plazo para la presentación de dicha declaración.
Por ello, y por mandato de las jurisdicciones integrantes de la Comisión
Arbitral, EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN
ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL
18.8.77)
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- El vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual
– Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2022 operará el día 30 de
junio de 2023, correspondiendo aplicar el coeficiente unificado conforme lo
establecido en la Resolución General N° 10/2019.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente resolución a las jurisdicciones adheridas
para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el
artículo anterior.
ARTÍCULO 3°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial, comuníquese a los
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“2023 año del Setenta Aniversario del
Convenio Multilateral y Protocolo Adicional”
fiscos adheridos y archívese.
Firmado digitalmente por
CAPELLANO Luis Maria
PRESIDENTE