Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.

RG. 09 - RATIFICA DISPOSICION DE PRESIDENCIA N° 12/ RG. 09 - RATIFICA DISPOSICION DE PRESIDENCIA N° 12/2023
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 8 de noviembre de 2023. RESOLUCIÓN GENERAL CA N.° 9/2023 VISTO Y CONSIDERANDO: Que a través de la Disposición de Presidencia N° 12/2023, del 31 de octubre de 2023, se dispuso (en razón de la celebración el día 6 de noviembre del “Día del Bancario”) que el vencimiento de la declaración jurada (art. 1°) y el pago respectivo correspondiente (art. 2°) a la tercera decena del período octubre de 2023, tanto del Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) como del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), operaran los días 7 y 8 de noviembre de 2023, respectivamente. Que la mencionada Disposición de Presidencia N° 12/2023 fue dictada por mandato de las jurisdicciones adheridas. Por ello, LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77 RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Ratifíquese la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 12/2023, que se anexa y forma parte de la presente resolución. ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese SECRETARIO PRESIDENTE ANEXO CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 31 de octubre de 2023 DISPOSICIÓN DE PRESIDENCIA N° 12/2023 VISTO: Las Resoluciones Generales N° 15/2023 y N° 16/2023; y, CONSIDERANDO: Que por las citadas resoluciones generales se dispuso un vencimiento el día 6 de noviembre de 2023 para la presentación de la declaración jurada correspondiente a la terceradecena del periodo octubre de 2023, y el pago respectivo para el día 7 de noviembre del corriente año, del Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) y del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), respectivamente. Que el día 6 de noviembre se celebra el “Día del Bancario”, rigiendo para esa fecha las normas establecidas para los feriados nacionales. Por ello, EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL DEL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77 DISPONE: ARTÍCULO 1º.- Modifícase el vencimiento de la declaración jurada correspondiente a la tercera decena del período octubre de 2023, referida al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) y al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), el cual operará el día 7 de noviembre de 2023. ARTÍCULO 2º.- Modifícase el vencimiento del pago correspondiente a la tercera decena delperíodo octubre de 2023, referida al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) y al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago (SIRCUPA), el cual operará el día 8 de noviembre de2023. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en los artículos anteriores. ARTÍCULO 4º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese. Firmado por Lu Luis MaríaCAPELLANO Presidente
Comarb 70 años