Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.
DISPOSICIÓN N° 2- CONSIDERA PRESENTADAS EN TÉRMINO LAS DDJJ MENSUALES (ANTICIPO 2/2021) CON VENCIMIENTO EL DÍA 16 DE MARZO/2021,PRESENTADAS EL DÍA 17/3/2021
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
BUENOS AIRES, 17 de marzo de 2021.
DISPOSICIÓN DE PRESIDENCIA N° 2/2021.
VISTO:
La Resolución General CA N° 18/2020 que estableció las fechas de vencimiento para el período fiscal 2021, para la presentación de la declaración jurada y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución General C.A. N° 16/2016 se estableció para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral, el uso obligatorio del Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB” –aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral–.
Que se han verificado inconvenientes técnicos para el uso de dicho Sistema SIFERE WEB el día martes 16 de marzo del corriente, por lo que algunos contribuyentes se han visto impedidos de presentar y pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77 DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de febrero del período fiscal 2021 del impuesto sobre los ingresos brutos-Convenio Multilateral, con vencimiento el día martes 16 de marzo de 2021, registrado hasta el día 17 de marzo de dicho año.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente a las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese.
AGUSTÍN DOMINGO PRESIDENTE