Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.
DISPOSICIÓN N°7: SE CONSIDERAN PRESENTADAS Y PAGADAS EN TÉRMINO LAS DECLARACIONES JURADAS DEL ANTICIPO DE SEPTIEMBRE DEL PERÍODO FISCAL 2021, CON VENCIMIENTO EL DÍA MARTES 15 DE OCTUBRE DE 2021, REGISTRADO HASTA EL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL PRESENTE
BUENOS AIRES, 18 de octubre de 2021.
DISPOSICIÓN DE PRESIDENCIA N° 7/2021.
VISTO:
La Resolución General CA N° 18/2020 que estableció las fechas de vencimiento
para el período fiscal 2021, para la presentación de la declaración jurada y pago del
impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el
Convenio Multilateral; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución General C.A. N° 16/2016 se estableció para todos
los contribuyentes de Convenio Multilateral, el uso obligatorio del Módulo DDJJ
“Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05)
del Sistema SIFERE WEB” –aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta
Comisión Arbitral–.
Que se han verificado inconvenientes técnicos para el uso de dicho Sistema
SIFERE WEBel día viernes 15 de octubre del corriente, día que comenzaron los
vencimientos del anticipo septiembre de 2021,por lo que algunos contribuyentes se han
visto impedidos de presentar y pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias.
Debiendo considerar presentadas y pagadas en término las declaraciones juradas y
pagos cuyo vencimiento operó el día viernes 15 de octubre registradas hasta el día lunes
18 del corriente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por realizada en término la presentación de la declaración
jurada y el pago correspondiente al anticipo de septiembre del período fiscal 2021 del
impuesto sobre los ingresos brutos-Convenio Multilateral, con vencimiento el día
viernes 15 de octubre de 2021, registrado hasta el día lunes 18 de octubre de dicho año.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas
para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el
artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y
archívese.
AGUSTÍN DOMINGO
PRESIDENTE