CA 35 - GRIMOLDI S.A. c/PROVINCIA DE BUENOS AIRES - EXPTE 1670/ CA 35 - GRIMOLDI S.A. c/PROVINCIA DE BUENOS AIRES - EXPTE 1670/2021
BUENOS AIRES, 13 de diciembre de 2021. RESOLUCIÓN CA N.° 35/2021 VISTO: El Expte. CM N° 1670/2021 “Grimoldi SA c/ provincia de Buenos Aires”, en el cual la firma de referencia promueve la acción prevista en el art. 24, inc. b), del Convenio Multilateral contra la Disposición Delegada SEATYS N° 983/2020, dictada por la Jefa de Departamento de Relatoría II de la ARBA; y, CONSIDERANDO: Que está acreditado en estas actuaciones que la firma Grimoldi S.A. fue notificada de la Disposición SEATYS N 983/2020, de fecha 3 de abril de 2020, el 5 de mayo de 2020. Que Grimoldi S.A. accionó ante esta Comisión el día 25 de febrero de 2021, fuera del plazo legal establecido en el Reglamento Procesal de la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria (el plazo concedido por el Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires es de 15 días hábiles). En consecuencia, la acción promovida por la firma Grimoldi SA contra la Disposición Delegada SEATYS N°983/2020, resulta extemporánea (conf. art. 5° del Reglamento Procesal). Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete. Que esta resolución corresponde a una decisión adoptada en la reunión de Comisión Arbitral realizada el 10 de noviembre de 2021. Por ello, LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77 RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Rechazar por extemporánea la acción interpuesta por Grimoldi SA contra la Disposición determinativa SEATYS N° 983/2020, dictada por la Jefa de Departamento de Relatoría II de la ARBA, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a las partes y comuníquese a las demás jurisdicciones adheridas. FERNANDO MAURICIO BIALE LAURA MARIELA MANZANO SECRETARIO VICEPRESIDENTA
Comarb 70 años