Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.
RESOLUCIÓN C.P. N.o 15/2020
VISTO Y CONSIDERANDO:
BUENOS AIRES, 28 de abril de 2020.
Que la Resolución General C.A. N° 11/2019 en su artículo 2° estableció como fecha
de vencimiento de presentación de la declaración jurada anual (Formulario CM05),
correspondiente al periodo fiscal 2019, para los contribuyentes comprendidos en el
Convenio Multilateral, el día 15 de mayo de 2020.
Que en virtud de la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19,
la que llevó al Poder Ejecutivo Nacional a decretar el "aislamiento social, preventivo y
obligatorio", distintas cámaras empresariales y asociaciones de profesionales solicitan
prórroga en eLyencimiento para la presentación anual de la declaración jurada -Formulario
CM05- correspondiente al período fiscal 2019, por lo que, como excepción para el presente
año, atendiendo a esas solicitudes, se prorroga dicha fecha de vencimiento.
Por ello,
LA COMISIÓN PLENARIA
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°._ Establécese que el vencimiento para la presentación de la declaración anual
jurada -Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 20 19 operará el día 30 de junio
de 2020, correspondiendo aplicar el coeficiente unificado conforme a la Resolución General
10/2019.
ARTÍCULO 2°._ Comuníquese la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que
dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3°._ Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial, comuníquese a los fiscos
adheridos y archívese.