CA 08 - INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A. c/PROVINCIA DE BUENOS AIRES - EXPTE 1537/ CA 08 - INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A. c/PROVINCIA DE BUENOS AIRES - EXPTE 1537/2018
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77 1 BUENOS AIRES, 13 de marzo de 2019 RESOLUCIÓN C.A. N° 8/2019 VISTO: El Expte. C.M. N° 1537/2018 “Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. c/ provincia de Buenos Aires”, en el cual la firma de referencia promueve la acción prevista en el art. 24, inc. b), del Convenio Multilateral contra la Disposición Delegada SEFSC Nº 4017/2018 dictada por la ARBA; y, CONSIDERANDO: Que la fecha de notificación de la resolución que se impugna, tal como lo acredita la provincia de Buenos Aires, ocurrió el 26 de junio de 2018 y el plazo para interponer la acción ante la Comisión Arbitral venció el día 19 de julio de 2018 en las dos primeras horas a contar desde las 10:00 de ese mismo día. Que Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. se presentó ante esta Comisión el día 23 de julio de 2018 a las 14:00 horas, fuera del plazo legal establecido en el Reglamento Procesal de la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria. En consecuencia, la acción promovida por la firma contra la Disposición Delegada SEFSC Nº 4017/2018 resulta extemporánea (art. 5° del Reglamento Procesal). Que esta resolución corresponde a una decisión adoptada en la reunión de Comisión Arbitral realizada el 6 de febrero de 2019. Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete. Por ello, LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77 RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Rechazar por extemporánea la acción interpuesta por Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. contra la Disposición Determinativa Nº 4017/2018 dictada por ARBA, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a las partes y comuníquese a las demás jurisdicciones adheridas. FERNANDO MAURICIO BIALE ROBERTO JOSÉ ARIAS SECRETARIO PRESIDENTE
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