COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
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BUENOS AIRES, 7 de agosto de 2019.
RESOLUCIÓN C.A. N° 31/2019
VISTO:
El Expte. C.M. N° 1551/2018 “Beorda Cesar Alejo c/ provincia de Formosa”, en el
cual la firma de referencia promueve la acción prevista en el art. 24, inc. b), del Convenio
Multilateral contra la Resolución Interna N° 1861/2018, de fecha 14/09/2018, dictada por
la Directora General de Rentas de la provincia de Formosa; y,
CONSIDERANDO:
Que tal como lo manifiesta la representación de la provincia de Formosa en su
respuesta al traslado corrido, el acto administrativo contra el que acciona Beorda Cesar
Alejo, la Resolución Interna N° 1861/2018, de fecha 14/09/2018, mediante la cual se
rechazó el recurso de reconsideración contra la Resolución Interna N° 1757/2017 –multa
por infracción a los deberes formales– no configura la “determinación impositiva” que
exige el artículo 3º del Reglamento Procesal para las actuaciones ante la Comisión Arbitral
y la Comisión Plenaria, para que se tenga por configurado el “caso concreto” en los
términos del artículo 24, inc. b), del Convenio Multilateral (“…Resolver las cuestiones
sometidas a su consideración, que se originen con motivo de la aplicación del
Convenio…”) y habilitar, así, la intervención de la Comisión Arbitral.
Que, por lo expuesto, esta Comisión Arbitral no resulta competente para intervenir
en la cuestión planteada.
Que esta resolución corresponde a una decisión adoptada en la reunión de Comisión
Arbitral realizada el 3 de julio de 2019.
Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declarar su incompetencia respecto de la acción interpuesta por Beorda
Cesar Alejo contra la Resolución Interna N° 1861/2018, dictada por la Directora General
de Rentas de la provincia de Formosa, conforme a lo expuesto en los considerandos de la
presente.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a las partes y comuníquese a las demás jurisdicciones
adheridas.
FERNANDO MAURICIO BIALE ROBERTO JOSÉ ARIAS
SECRETARIO PRESIDENTE