CA 30 - DISTRIZUB S.A. c/PROVINCIA DE SAN JUAN - EXPTE 1544/ CA 30 - DISTRIZUB S.A. c/PROVINCIA DE SAN JUAN - EXPTE 1544/2018
COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77 1 BUENOS AIRES, 7 de agosto de 2019. RESOLUCIÓN C.A. N° 30/2019 VISTO: El Expte. C.M. N° 1544/2018 “Distrizub S.A. c/ provincia de San Juan”, en el cual la firma de referencia promueve la acción prevista en el art. 24, inc. b), del Convenio Multilateral contra la “intimación de la provincia de San Juan, de fecha 17/09/2018”; y, CONSIDERANDO: Que tal como lo manifiesta la representación de la provincia de San Juan en su respuesta al traslado corrido, el acto administrativo contra el que acciona Distrizub S.A., diferencias por aplicación del Impuesto Especial Ley Nº 1.503-I, no configura la “determinación impositiva” que exige el artículo 3º del Reglamento Procesal para las actuaciones ante la Comisión Arbitral y la Comisión Plenaria, para que se tenga por configurado el “caso concreto” en los términos del artículo 24, inc. b), del Convenio Multilateral (“…Resolver las cuestiones sometidas a su consideración, que se originen con motivo de la aplicación del Convenio…”) y habilitar, así, la intervención de la Comisión Arbitral. Que, por lo expuesto, esta Comisión Arbitral no resulta competente para intervenir en la cuestión planteada. Que esta resolución corresponde a una decisión adoptada en la reunión de Comisión Arbitral realizada el 3 de julio de 2019. Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete. Por ello, LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77 RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Declarar su incompetencia respecto de la acción interpuesta por Distrizub S.A. contra la “intimación de fecha 17/09/2018” de la provincia de San Juan, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a las partes y comuníquese a las demás jurisdicciones adheridas. FERNANDO MAURICIO BIALE ROBERTO JOSÉ ARIAS SECRETARIO PRESIDENTE
Comarb 70 años