Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.
COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
BUENOS AIRES, 13 de noviembre de 2019.
RESOLUCIÓN GENERAL (C.A.) N° 11/2019
VISTO y CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente mantener fechas de vencimiento uniformes para la presentación y pago de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al universo de contribuyentes que liquidan el gravamen bajo las normas del Convenio Multilateral.
Que en virtud de la decisión de utilizar el número de CUIT como identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, se torna necesario que los vencimientos se determinen por el dígito verificador de dicho número de CUIT. En tal sentido, es necesario establecer el calendario de vencimientos para el año 2020.
Que, asimismo, es necesario fijar la fecha de vencimiento de la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al período fiscal 2019.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese para el período fiscal 2020, las fechas de vencimiento para la presentación mensual de la declaración jurada –Formularios CM03 y CM04– y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral que se detallan en el anexo de la presente, en base al dígito verificador del número de CUIT correspondiente.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2019 operará el día 15 de mayo de 2020.
ARTÍCULO 3º.- Establécese que de fijarse un nuevo feriado nacional o día no laborable que coincidiere con un día de vencimiento fijado en el calendario del anexo de la presente, dicha fecha operará el día hábil inmediato siguiente al mismo. En tal caso, también se correrán sucesivamente los subsiguientes días de vencimiento de ese mes.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en los artículos anteriores.
ARTÍCULO 5º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación y archívese.
FERNANDO MAURICIO BIALE ROBERTO JOSÉ ARIAS
SECRETARIO PRESIDENTE
COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
ANEXO
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
Contribuyentes del Convenio Multilateral
FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN TERMINACIÓN N° CUIT
(DÍGITO VERIFICADOR)
Anticipos
0 a 2
3 a 5
6 a 7
8 a 9
1º
Enero
17/02/2020
18/02/2020
19/02/2020
20/02/2020
2º
Febrero
16/03/2020
17/03/2020
18/03/2020
19/03/2020
3º
Marzo
15/04/2020
16/04/2020
17/04/2020
20/04/2020
4º
Abril
15/05/2020
18/05/2020
19/05/2020
20/05/2020
5º
Mayo
16/06/2020
17/06/2020
18/06/2020
19/06/2020
6º
Junio
15/07/2020
16/07/2020
17/07/2020
20/07/2020
7º
Julio
18/08/2020
19/08/2020
20/08/2020
21/08/2020
8º
Agosto
15/09/2020
16/09/2020
17/09/2020
18/09/2020
9º
Septiembre
15/10/2020
16/10/2020
19/10/2020
20/10/2020
10º
Octubre
16/11/2020
17/11/2020
18/11/2020
19/11/2020
11º
Noviembre
15/12/2020
16/12/2020
17/12/2020
18/12/2020
12º
Diciembre
15/01/2021
18/01/2021
19/01/2021
20/01/2021