Debido a los incidentes de acceso al sistema SIFERE WEB del día 19/2, se dictó la Disposición de Presidencia 5/2025, por la cual se estableció que se tengan por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones
juradas y pagos del anticipo 01/2025 de Convenio Multilateral (SIFERE), cuyos vencimientos operan los días 19 y 20/2, hasta el día 21 de febrero del corriente año. Pedimos disculpas por las molestias ocasionadas.
COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
BUENOS AIRES, 10 de mayo de 2017.
RESOLUCIÓN GENERAL C.A. N° 6/2017
VISTO:
La Resolución General (C.A.) N° 11/2014; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la citada resolución se aprobó una nueva versión del aplicativo
SIFERE en un entorno web (SIFERE WEB), para la presentación y pago de declaraciones
juradas mensuales (CM03 y CM04) y presentación de la declaración jurada anual
(CM05), como así también para la confección de volantes de pago para la liquidación de
intereses, recargos, multas y planes de regularización.
Que en dicha resolución se estableció la implementación en forma gradual del uso
obligatorio del Sistema SIFERE WEB.
Que mediante la Resolución General N° 16/2016 se dispuso para todos los
contribuyentes de Convenio Multilateral su uso obligatorio a partir del 10de noviembre
de 2016 para la presentación de las declaraciones juradas mensuales (con excepción de
aquellos contribuyentes que realicen sus presentaciones a través del formulario CM04).
Que resulta necesario continuar con ese proceso de implementación disponiendo
su uso obligatorio para la presentación de las declaraciones juradas anuales —Formulario
CM05—.
Por ello:
LA COMISIÓN ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18-08-77)
RESUELVE:
ARTÍCULO 10- Establecer para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral, a
partir del 1 de junio de 2017, el uso obligatorio del Módulo DDJJ "Generación de
Declaraciones Juradas Mensuales y Anuales del sistema SIFERE WEB" para la
presentación de la declaración jurada anual —Formulario CM05—. Para su uso deberán
considerarse las disposiciones previstas en la Resolución General (C.A.) N° 11/2014.
ARTÍCULO 2°- Considerar válida, hasta el 31 de mayo de 2017, la presentación de la
declaración jurada anual —Formulario CM05— mediante el aplicativo SIFERE versión 4.0.
o posterior.
COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
ARTÍCULO 3°- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifiquese
a las jurisdicci es adh idas y archívese.