CP 33 - FIAT AUTO ARGENTINA S.A. c/CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - EXPTE 1183/ CP 33 - FIAT AUTO ARGENTINA S.A. c/CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - EXPTE 1183/2014

COMISIÓN PLENARIA
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.08.77
Buenos Aires, 17 de noviembre de 2016.
RESOLUCIÓN N° 33/2016 (C.P.)
VISTO:
El Expte. C.M. N° 1183/2014 “Fiat Auto Argentina S.A. c/Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, en el cual la firma de referencia interpone recurso extraordinario contra la Resolución C.P. N° 41/2015; y,
CONSIDERANDO:
Que es jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que no procede el recurso extraordinario contra resoluciones de la Comisión Plenaria del Convenio Multilateral del 18/8/77 (“Automotores Juan Manuel Fangio S.A. c/Provincias de Buenos Aires y Ciudad de Buenos Aires”, “Frigorífico de Aves Soychu S.A.I.C.F. c/Municipalidad de Gualeguay”, “Maxiconsumo S.A. c/Provincia de Misiones”, sentencias del 14 de mayo del 2013, “Valois S.A.C.I.F. c/Provincia de Misiones”, sentencia del 19 de noviembre de 2013, y “Syphon S.A. c/Ciudad de Buenos”, sentencia del 26 de marzo de 2014, entre otras).
Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución corresponde a una decisión adoptada en la reunión de Comisión Plenaria realizada el 29 de septiembre de 2016.
Por ello,
LA COMISION PLENARIA
Convenio Multilateral del 18/8/77
Resuelve
Artículo 1º.- Rechazar el recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación interpuesto por la firma Fiat Auto Argentina S.A. contra la Resolución C.P. N° 41/2015, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente.
Artículo 2º.- Notificar a las partes interesadas mediante copia de la presente, hacerlo saber a las demás Jurisdicciones adheridas y archivar las actuaciones.
ENRIQUE OMAR PACHECO FABIAN BOLEAS
PROSECRETARIO PRESIDENTE

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