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RG. 08 - MODIFICACION FECHA VENCIMIENTO OCTUBRE DDJJ MENSUAL ANTICIP
RG. 08 - MODIFICACION FECHA VENCIMIENTO OCTUBRE DDJJ MENSUAL ANTICIPO 09

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77 BUENOS AIRES, 6 de Septiembre de 2017 RESOLUCIÓN GENERAL C.A. Nº 8/2017 VISTO: La Resolución General Nº 21/2016, en la que se establecen las fechas de vencimiento según terminación del número de CUIT (dígito verificador) para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral para el año 2017; y, CONSIDERANDO: Que la presentación y pago de la declaración jurada correspondiente al noveno (septiembre), terminación dígito verificador 3 a 5, en el mes de octubre tiene como vencimiento el día 16. Que por Decreto N° 52/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, se ha trasladado al día 16 de octubre el feriado del día 12 de octubre en conmemoración al “Día del Respeto a la Diversidad Cultural”. Por ello, LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77) RESUELVE: ARTÍCULO 1º. - Establecer el vencimiento de la presentación y pago de la declaración jurada correspondiente al noveno anticipo (septiembre) de la manera que se detalla a continuación: Anticipo 0 a 2 3 a 5 6 a 7 8 a 9 9º Septiembre 13/10/2017 17/10/2017 18/10/2017 19/10/2017 ARTÍCULO 2°.- Comunicar la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior. ARTÍCULO 3°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. FERNANDO MAURICIO BIALE ROBERTO JOSÉ ARIAS SECRETARIO PRESIDENTE
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