COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
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BUENOS AIRES, 11 de julio de 2018
RESOLUCIÓN C.A. N°25/2018
VISTO:
El Expte. C.M. N° 1501/2018 “Rowies Ricardo Alberto c/ Ciudad Autónoma de
Buenos Aires” por el cual el contribuyente referido promueve acción contra la
Resolución Nº 3654/DGR/2017 dictada por el Subdirector General de Técnica
Tributaria de la Dirección General de Rentas dependiente de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos;
y,
CONSIDERANDO:
Que la resolución que en autos se recurre dio inicio al procedimiento de
determinación de oficio, confiriéndole, la Dirección General de Rentas del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, vista de las actuaciones al contribuyente Rowies
Ricardo Albero.
Que, en consecuencia, dicho acto administrativo no configura la “determinación
impositiva” que exige el artículo 3º del Reglamento Procesal –Resolución C.P. Nº
32/2015–, para que se tenga por configurado el “caso concreto” en los términos del
artículo 24, inc. b), del Convenio Multilateral y habilitar, así, la intervención de la
Comisión Arbitral.
Que esta resolución corresponde a una decisión adoptada en la reunión de
Comisión Arbitral realizada el 6 de junio de 2018.
Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rechazar por prematura la acción interpuesta por RowiesRicardo
Alberto contra la Resolución Nº 3654/DGR/2017 dictada por el Subdirector General de
Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas dependiente de la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos,
conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a las partes y comuníquese a las demás jurisdicciones
adheridas.
FERNANDO MAURICIO BIALE ROBERTO JOSÉ ARIAS
COMISIÓN ARBITRAL
CONVENIO MULTILATERAL
DEL 18.8.77
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SECRETARIO PRESIDENTE