BUENOS AIRES, 21 de octubre de 2015
RESOLUCIÓN C.A. N° 83/2015
VISTO el Expediente C.M. Nº 1282/2014 “Las Lomas S.R.L. c/Provincia de Tucumán”, por el cual la firma de referencia interpone la acción prevista en el artículo 24 inc. b) del Convenio Multilateral contra el Acta de Deuda N° A 402-2013 dictada por la Dirección General de Rentas de la provincia de Tucumán, y;
CONSIDERANDO:
Que la presentación se ha realizado cumplimentando las exigencias legales y reglamentarias en lo que hace a su aspecto formal, motivo por el cual corresponde su tratamiento.
Que la cuestión traída por Las Lomas S.R.L. a decisión de esta Comisión Arbitral es análoga a la resuelta en el Expte. C.M. Nº 1129/2013 “Las Lomas S.R.L. c/Provincia de Tucumán” mediante el dictado de la Resolución C.A. N° 5/2015. Que esta Comisión Arbitral a ese precedente se remite.
Que la Asesoría ha tomado la intervención que le compete.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
Convenio Multilateral del 18/8/77
Resuelve:
ARTICULO 1° - No hacer lugar a la acción interpuesta por la firma Las Lomas S.R.L. contra el Acta de Deuda N° A 402-2013 dictada por la Dirección General de Rentas de la provincia de Tucumán, por lo expuesto en los considerandos de la presente.
ARTICULO 2° - Notificar a las partes interesadas y hacerla saber a las demás jurisdicciones adheridas.
MARIO A. SALINARDI ROBERTO ANIBAL GIL
SECRETARIO PRESIDENTE